El nuevo proyecto de ley
que cursa en la Cámara de Diputados de ser aprobado como ya lo hizo el senado
de la Republica, inhabilitará, suspenderá y le prohibirá a cualquier abogado
ejercer la profesión por la cual estudió si fueren condenados por cualquier tipo
de delitos en virtud de una sentencia firme o desde que se les conozca una
medida de coerción por cualquier causa según lo establecen los artículos 8
párrafo 1, 56 y 103 del proyecto de ley.
Solo les será rehabilitado el derecho
de ejercer su profesión una vez haya cumplido con la pena impuesta a solicitud
del interesado.
Según revela el abogado
Amadeo Peralta, la calidad de miembro activo del Colegio de Abogados se pierde
por tres meses de retraso en el pago de la cuota anual y por vía de
consecuencia a los abogados no les estará permitido hacer uso de su profesión
porque no serán miembros del Colegio por no haber pagado la cuota de renovación
en tiempo oportuno, de acuerdo a lo previsto por los artículos 101 y 102 de
dicho proyecto de ley.
Del mismo modo explica,
que las sanciones disciplinarias contra los abogados estarán previstas en los
artículos 73, 74, 75 del Código de Ética del Abogado y que las mismas
prescriben a los 12 meses de cometida la infracción y transcurrido este plazo
el tribunal disciplinario de oficio o a solicitud de la parte, declarar la
extinción del proceso de acuerdo a lo previsto por los artículos 115, 116 de
dicho proyecto de ley.
De igual modo se
habilitara un libro-registro de sanciones que registrara todas las sanciones
dadas por el tribunal disciplinario y solo se expedirán certificaciones de las
mismas, mientras se encuentren en vigencia las mismas y las sanciones,
expulsiones y suspensiones serán notificadas a los afectados, Al Tribunal
Constitucional, A La Suprema Corte De Justicia Al Tribunal Superior Electoral,
Procuraduría General De La Republica, A La Defensa Publica, Las Seccionales
Provinciales y publicadas en el boletín del colegio y en la página web de la
institución.
De acuerdo a los
establecido por los artículos 117, 118 y 119, instituciones las cuales se
encargaran de emitir circulares avisando sobre dichas sanciones según opina el
abogado Amadeo Peralta.
De igual modo este
proyecto de ley considerará “ejercicio ilegal” de la profesión a quienes sin
poseer un título se anuncien como tales o se atribuyan serlo, ostentando placas
togas y birretes, insignias, emblemas o membretes que hagan suponer que son
abogados sin serlos y es delito de ejercicio ilegal de la profesión, ejercerla
sin estar inscrito en el Colegio de Abogados o aquellos que siendo sancionados
con la suspensión del ejercicio sigan ejerciéndola serán sometidos a la
justicia y sancionados con penas de prisión de 2 a 3 años y multas de 7 a 9
salarios o ambas penas a las vez.
De igual manera sostiene
el jurista Amadeo Peralta, que los jueces fiscales y abogados que no presten
atención a lo establecido en el párrafo anterior y permitan que un abogado
ejerza la profesión en violación a esta ley, o que de alguna forma patrocinen o
encubran a los mismos serán sancionados como cómplices junto a los autores de
la infracción según lo establece el artículo 120 párrafo 1 y según lo establece
el art. 122, los jueces y fiscales y demás autoridades públicas, cometerán una
falta grave por no cumplir con este mandato.
Al mismo tiempo el
abogado, hace un llamado a la comisión de Justicia de la Cámara de Diputados
para que aperture vistas públicas en donde diversas entidades del sector
judicial y de abogados puedan opinar y debatir cada punto de este proyecto de
ley antes de que sea convertido en ley y ya no se puedan modificar, suprimir,
sustituir o desaparecer disposiciones que luego afectaran la clase jurídica y
de igual modo exhorta a los abogados a involucrarse en la discusión de estos
proyectos para que luego no se quejen como ha sucedido con diferentes leyes que
les obligan a un cumplimiento sin ellos ni si quiera haber opinado como sucedió
con la ley de lavado de activos donde abogados y notarios son sujetos obligados,
o la ley de la policía que a los mismos les prohibió ejercer la profesión.
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